La FIFA acaba de enviar una circular a todas las confederaciones y clubes del mundo recordando la potestad que tiene para la prohibición de inscribir jugadores, ya sea nacional o internacionalmente.

Una circular que responde al enorme incremento de prohibiciones de inscripción impuestas en los últimos años, de ahí que hayan remitido un escrito para proporcionar información general y recordar el alcance de esta medida disciplinaria además de informar acerca de el escenario en el que se encuentran





Sanción que FIFA puede imponer cuando se produce una rescisión de un contrato sin causa justifica, la rescisión unilateral de un contrato por el hecho de que la jugadora esté embarazada o se quede embarazada o el impago a su debido tiempo de las cantidades correspondientes

De conformidad con el artículo 6 del Código Disciplinario de la FIFA , la Comisión Disciplinaria de la FIFA podrá imponer la «prohibición de inscribir nuevos jugadores» únicamente a personas jurídicas, en concreto, a los clubes. La prohibición de inscripción es la sanción que se impone con mayor frecuencia por infracciones relacionadas con transferencias internacionales de menores.



Un club sujeto a una prohibición de inscripción se le prohibirá inscribir a nuevos jugadores, ya sea jugadores, ya sea a nivel nacional o internacional, como aficionados o profesionales, durante toda medida. En otras palabras, el club sólo podrá inscribir nuevos jugadores una vez que se haya cumplido la prohibición. En cuyo caso el club sólo podrá inscribir nuevos jugadores a partir del siguiente periodo de inscripción siguiente al cumplimiento completo de la sanción correspondiente o al levantarse la prohibición. Tanto a nivel nacional como internacional.



La importante excepción con los jóvenes

Pero con el fin de no obstaculizar el desarrollo de los jóvenes futbolistas, desde ahora un club sujeto a una prohibición de inscripción podrá inscribir a jugadores en sus equipos juveniles.

No obstante, dicha posibilidad se limitará a jugadores de hasta 15 años de edad. Los jugadores recién inscritos en



un equipo juvenil durante un periodo de prohibición de inscripción no podrán jugar en el primer equipo del club ni en ningún otro equipo profesional del club hasta que finalice el periodo de prohibición de inscripción.

Con esta medida FIFA busca que se carguen la cadena de los niños y niños por estar sancionados los primeros equipos. Hasta ahora esto provocaba que niños y niñas estuvieran parados por impagos.



Las Federaciones, responsables de inscripciones

Como recuerda FIFA en el escrito, es responsabilidad de la asociación garantizar que la prohibición también se aplique correctamente a escala nacional en su propia plataforma de registro y a escala internacional . En el caso de España, la Federación Española de Fútbol.

Es cada asociación quien debe demostrar a la administración de la FIFA que la medida se ha aplicado debidamente. Es decir, las asociaciones miembro son responsables en última instancia de garantizar que no se inscriba a ningún jugador para el club durante toda la duración de la sanción, independientemente de si la inscripción procede de una transferencia nacional o internacional.

La prohibición de inscripción se ejecuta automáticamente y surte efecto inmediatamente a partir de la fecha de de la comunicación. Dicha prohibición se aplica a todos los registros que no se hayan concluido en el momento de la comunicación.

Por regla general, y a menos que se especifique lo contrario en la decisión pertinente, la prohibición de inscripción se aplicará al sexto donde se incumplió y a la disciplina de la parte o partes que dieron lugar a dicha decisión.

Otras excepciones a esta sanción

La prohibición de inscripción impuesta a un club no le impide firmar contratos nuevos, sólo participación en partidos oficiales y amistosos de dichos jugadores.

De todas maneras esta sanción, como recuerda FIFA, incluye una serie de excepciones:

a) El regreso de préstamo de un profesional, únicamente cuando el contrato expire naturalmente.

b) La prórroga del préstamo de un profesional, más allá del vencimiento natural del contrato de préstamo.

c) La contratación definitiva de un profesional que estuviera temporalmente inscrito en el club directamente antes de la prohibición de inscripción

d) La inscripción de un profesional que ya estaba inscrito en el club como aficionado directamente antes de la prohibición de inscripción.

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